Superintendencia de Pensiones ofició a la AFC para restituir fondos de cesantía luego de que Cencosud no se acogiera a la ley de protección



La Superintendencia de Pensiones (SP) instruyó a la Administradora de Fondos de Cesantía por el procedimiento que deberá implementar para restituir los fondos de censantía individuales y solidaria en el caso de las empresas que se acogen a la Ley de Protección al Empleo y posteriormente dejen sin efecto esa medida, tras la aprobación de la autoridad competente.Luego de que Cencosud decidiera no acogerse a la dicha ley se comprometió a devolver los montos del seguro de cesantía que ya habían sido pagados por parte de la AFC.La instrucción de la SP establece que “la AFC deberá emitir un Dictamen de Solución de Reclamo en un plazo de 10 días hábiles contado desde que la autoridad correspondiente dictamine de manera favorable la resciliación del pacto”.”Las devoluciones que efectuará la empresa solicitante deberán compensar la rentabilidad que habrían obtenido dichos recursos de haberse mantenido en los fondos de cesantía de cuentas individuales (CIC) o del Fondo de Cesantía Solidario (FCS). En caso que no haya pérdida, no corresponderá ningún tipo de compensación y de ajuste”, indicó.El ente regulador sañala que “la AFC deberá establecer procedimientos formales para la recepción de las solicitudes de retractación presentadas por los empleadores, la información y documentación que éstos deben aportar y los canales que pondrá a disposición para recibirlos. También los montos que corresponden restituir para cada trabajadores involucrado y las compensaciones por rentabilidad”.”Deberá adoptar medidas para mantener permanentemente informados a los empleadores del estado del trámite de su solicitud e informar al trabajador acerca de los montos que se han reintegrado a su Cuenta Individual por Cesantía”, finaliza.



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