¿Castigar más o humanizar el derecho penal?



A propósito del caso de Antonia Barra, en los últimos días ha resurgido una corriente que podría ser catalogada de punitivista, esto es, aquella que pide más y mayores penas para ciertos delitos y otra antipunitivista, que básicamente, nos explica que el aumento de penas no es útil para disminuir los delitos y prevenirlos. Esto impacta en el movimiento feminista y quienes se dedican a esta disciplina.
Aquellas que litigamos en asuntos penales vinculados a delitos sexuales (en mi caso voluntariamente), sabemos que el sistema no es amigable con las víctimas. Y no lo es porque no podría serlo de otra manera si el Derecho Penal ha sido por años concebido, estudiado y ejercido bajo el binarismo Poder Punitivo del Estado v/s Individuo-imputado. La victima es relegada a ser interviniente de un proceso que tiene su origen en la afectación de algún bien jurídico de relevancia, pero que una vez puesto en marcha, su énfasis en aquel individuo que se reconoce como la parte más débil ante un Estado que le investiga, juzga y sanciona.
En nuestro sistema, la víctima no gozará de los mismos derechos o mecanismos que el imputado: no contará con un abogado/a desde el primer momento en que intervenga como víctima; no tendrá derecho a guardar silencio para no ser revictimizada una y otra vez, no podrá pedir una cautela de garantías fundamentales, aun cuando se vulneren sus derechos durante la etapa de investigación, y muchos de sus derechos quedarán sujetos a una formalización que podría no llegar. No hemos comprendido que en realidad, la víctima también se encuentra en una posición débil ante el Estado.

En lugar de solo aumentar las penas y castigar, urge la necesidad de Humanizar el Derecho Penal, aplicar el enfoque de Derechos Humanos (que abarca la Perspectiva de Género), comprendiendo que tanto víctima como imputado gozan de derechos fundamentales y requieren cautela de estos. Es hora entonces de empezar a pensar en una concepción mas bien tripartita, equiparando los derechos de quienes son los verdaderos intervinientes del proceso penal. La víctima requiere el mismo respeto y cuidado que el imputado y dejar de poner su foco en ella solo para exigirle deberes de cuidado especiales (e improcedentes) y que justifican la violencia ejercida contra ellas. Se debe reconocer el especial padecimiento de las víctimas en estos casos: les cuesta revelar estos hechos y denunciar, tienen miedo, viven con un estrés postraumático en forma vitalicia, pierden la confianza y no se recupera jamás: están rotas y deben iniciar largos y dolorosos procesos de reparación que influirán indefectiblemente en su forma de relacionarse con el mundo. La igualdad de armas supone el reconocimiento de derechos a ambos y permitirles mecanismos similares de cautela. Nadie quiere derogar la presunción de inocencia; pero tenemos que empezar a construir la presunción de la denuncia de buena fe (que, de hecho, siempre debiera presumirse), evitando per sé buscar segundas intenciones a través de ellas.
La solución no pasa por aumentar las conductas punibles o endurecer las penas, pero hecho con la óptica de la prevención, podría servir incentivo al cumplimiento. Todo modelo o sistema de prevención lleva siempre aparejado un sistema de sanciones que sirve a los individuos en sentido positivo (porque refuerza la educación e importancia del cumplimiento de deberes) y negativo (porque ejemplifica lo que ocurre frente a la inobservancia). Ello sin transar el respeto a los principios de inocencia y debido proceso que costaron siglos de lucha y dejaron muchas pérdidas en el camino. El feminismo bien lo sabe: hasta hace pocos siglos, las mujeres que ejercían la medicina eran tratadas como brujas y quemadas en la hoguera en procesos nada justos ni racionales.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.



Source link

Related Posts

Add Comment