Experto alerta por los datos personales que se están captando a nombre del covid


El creciente desconfinamiento de las ciudades ha llevado a centros comerciales y empresas a aplicar una serie de herramientas tecnológicas y sanitarias para identificar a posibles contagiados de coronavirus entre sus clientes o empleados. El profesor de derecho constitucional y director del Centro de Regulación y Consumo de la Universidad Autónoma, Pablo Contreras, alerta sobre los riesgos que podrían estar asociados a la toma de información personal y sensible que se capte bajo el argumento del control de la pandemia.
“Uno de los desafíos de la nueva normalidad va a ser cómo enfrentamos el retorno a nuestras actividades respetando los derechos de las personas, a la privacidad y el derecho a la protección personales”, plantea.
El peligro, dice, está dado por la inexistencia de una institucionalidad en Chile que vele por el uso que tendrán los antecedentes recogidos. Cuenta, por ejemplo, que en Estados Unidos sucedió que la información de una aplicación que las personas bajaron para el SARS-CoV-2 terminó siendo utilizada por la policía en el manejo de las protestas raciales.
“Ahí tienes un ejemplo de cómo una información que tenía una finalidad para un contexto preciso, la protección de la salud con la app, se comparte con otros órganos estatales para utilizarlos con otros fines, como control de orden público, persecución criminal, disuasión de manifestantes. Ese tipo de cruces no puede pasar en un Estado democrático”, agrega.
Contreras explica que a diferencia de Europa, Chile no cuenta con una agencia que impida tales cruces y que se centre en auditar, fiscalizar y sancionar a instituciones con el fin de proteger globalmente a las personas, que muchas veces ni siquiera saben que pueden estar siendo víctimas de un mal uso de sus datos. Recuerda que el país discute desde 2008 legislativamente la posibilidad de darle “dientes” a alguna institución.
Para graficar la cotidianidad que puede tener esto, Contreras se detiene en las políticas que están implementando los malls con las máquinas detectoras de temperatura corporal; y empresas que aplican test rápidos para identificar si hay contagio entre sus empleados.
Explica que en Holanda las primeras se prohibieron porque estiman que cualquier técnica intrusiva debe ser eficaz, y en este caso no lo sería siempre pues muchos de los contagiados son asintomáticos. A ello, añade que incluso siendo útil, es perentorio que se conozca el tipo de información adicional que capta, pues junto al calor corporal podría tener incorporado un sistema de reconocimiento facial.
“Son datos distintos. ¿Qué pasa si se identifica que una persona tiene fiebre? ¿Se registra esa persona o no?, ¿qué se hace con esa información?, ¿se almacena?”, son preguntas que se hace el docente y que, sostiene, se debería hacer también quien avala estos dispositivos.
Y pide pensar en los test rápidos de empresas: “Ahí no estás ocupando una cámara, pero hay personal que está registrando datos, que se consignan, se dan a conocer a ciertas personas. Todo eso es mucha información que pasa por distintas manos”.
Contreras añade que los países que tienen legislación al respecto, antes de implementar las medidas asumen que se trata de información sensible y evalúan los impactos de tratarla.
¿No se puede dejar la cancha abierta bajo el alero de la preocupación sanitaria?

El problema es que no tenemos la forma de asegurar que las excepciones que ameritan la emergencia sanitaria sean cumplidas conforme al resto del ordenamiento jurídico. No es que no se pueda implementar una medida en particular, sino que cómo garantizamos que se cumpla con el resto de la legislación. Esto es importante, porque no basta con pedir el consentimiento de la persona a la cual le va a aplicar la medida. En Europa han dicho que si exiges el consentimiento para entrar a tu trabajo o a un recinto educacional ese consentimiento no es libre, entonces sería una recolección de datos ilegal.
“En síntesis, la emergencia puede disponer que se empleen mecanismos intrusivos para la privacidad y la protección de datos. Lo relevante es cómo garantizamos que esa invasión sea ajustada a derecho. Y para eso no existen las herramientas jurídicas en Chile para tener esa garantía”.
Y remata: “Estamos en una situación de emergencia y sufriendo las consecuencias. Esto es relevante para el futuro, porque no sabemos si la situación va a quedar controlada o si van a parecer nuevas pandemias u otras situaciones que exijan tratamientos tecnológicos de información que puedan ser intrusivos en los derechos de las personas, entonces por eso hay que tener esto resuelto desde el punto de vista institucional”.



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