Los exportadores de productos agrícolas deberán liquidar tributos de forma automática


La Dirección General de Aduanas (DGA) estableció la liquidación automática de las obligaciones tributarias correspondientes a las exportaciones de productos agrícolas. Lo hizo a través de la Resolución General 4977/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.Esta modificación simplifica los trámites para las firmas exportadoras, y permite a la DGA optimizar sus herramientas de fiscalización y control. La normativa modifica el sistema vigente, en el que los exportadores de productos “autoliquidaban” los tributos una vez presentada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).

Ese mecanismo, ahora reemplazado, implicaba que en cada operación el exportador debía calcular los tributos correspondientes y esperar la verificación por parte de la Aduana. Con la información aportada por el exportador, el Sistema Informático Malvina de la DGA calculará en forma automática los tributos y generará en forma sistémica la liquidación.De esta forma, la normativa implica el desarrollo de instrumentos que, además de optimizar las funciones específicas en materia aduanera, favorecen la competitividad y la facilitación del comercio exterior, sin perder de vista los controles y la gestión de riesgo.Por su parte, la exportación de productos agrícolas alcanzados por la Ley 21.453 exige la autorización previa por parte de la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios del Ministerio de Agricultura, que se efectiviza a través de DJVE.Finalmente, se introduce el cálculo y la generación automática de la liquidación en concepto de derechos y estímulos a la exportación, en el momento del registro de la declaración de la venta al exterior.
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