FAMAE recurre a Corte Suprema para evitar publicar disculpas en diario mural



Recientemente, el 5 de abril pasado, Fábricas y Maestranzas del Ejército (FAMAE) presentó una apelación ante la Corte Suprema por un recurso de protección que, días antes, la Corte de Apelaciones de San Miguel (ICAS) declarara inadmisible. 
La petición va en contra del magistrado del Segundo Juzgado de Letras de Talagante, Gerardo Mena Edwards y busca dejar sin efecto una de las acciones compensatorias de un juicio laboral —ganado por un extrabajador a FAMAE— que sentenció a la entidad, entre otras penas, a: “realizar una publicación en un diario mural o su equivalente, ubicado en el lugar donde prestaba servicios el denunciante y donde sea posible su vista por el resto de los trabajadores, donde se reafirme el compromiso de la empresa con el respeto y promoción de los derechos fundamentales de sus trabajadores, manifestando disculpas por la vulneración de la que fue víctima don Víctor Gutiérrez con ocasión de su despido. Esta publicación deberá realizarse en el plazo de 15 días contados desde que esta sentencia quede firme y ejecutoriada y debe mantenerse por a lo menos 30 días desde su colocación. De la publicación deberá enviarse copia al denunciante mediante carta certificada”, señala la sentencia.
El recurso agrega entre sus argumentos que “la decisión es atentatoria contra el derecho a la honra y a la imagen de FAMAE…”.
Y pide ordenar al juez Mena Edwards dejar sin efecto su decisión.
Por su parte la sentencia a favor de Víctor Gutiérrez señala que “la honra del denunciante, tras ser menoscabada durante los últimos años en que trabajó para la denunciada, fue afectada de manera culminante con su despido. Se declara que el despido del que fue objeto Gutiérrez Ortiz, con fecha 14 de febrero de 2022, vulneró las garantías del trabajador consagradas en el artículo 19 de la Constitución de la República, números 1 y 4”. 
Por ello, se condenó a FAMAE —además de las disculpas públicas— al pago de la indemnización por seis meses de la última remuneración mensual percibida por el trabajador, el pago del recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio y otro pago por concepto de indemnización de daño moral.
Maltrato y menoscabo laboral
Los hechos habrían comenzado a mediados de 2019, mientras el ingeniero en administración y contador auditor, Víctor Gutiérrez Ortiz, se desempeñaba como jefe del Departamento de Costos. El escrito resume tres años de “desagradables situaciones de forma reiterada por parte de la Contralora Interna de FAMAE, doña Liliana Díaz Cabello”.
En octubre de 2021, Gutiérrez presentó formalmente una denuncia de acoso laboral ante el empleador, en cumplimiento del procedimiento señalado en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, identificando como sujeto activo del acoso a doña Liliana Díaz Cabello, Contralora Interna de FAMAE, aún en funciones. Adicionalmente, presentó denuncia N°W027923/2021 ante la Contraloría General de la República —aún se encuentra en proceso— y ante la Dirección del Trabajo por vulneración de Derechos Fundamentales, la cual igualmente fue remitida a Contraloría. 
El 28 de diciembre de 2021, FAMAE entregó el resultado de la investigación mediante correo electrónico: “luego de revisados y cotejados los antecedentes, los cuales son revisados por nuestra fiscalía, se determina que no “Existe acoso laboral”, según legislación vigente, esta no concurren en la especie los presupuestos para la configuración de acoso laboral ya que situaciones como “las de hecho de carácter permanente o constante” solo se traduce a relatos de situaciones parciales, y en ese contexto queremos invitarle a una “Mediación” entre las partes, con el solo propósito de aunar visiones en pos de una mejora entre trabajadores de FAMAE, mediación que será liderada por este Gerente en compañía del Fiscal el SR. Oscar Jara, para ello es necesario exprese su opción en acuerdo o desacuerdo a lo indicado. En copia su Jefatura Directa, Gerente de Finanzas Jennifer Malhue y el Fiscal de FAMAE, Oscar Jara”.
Tras la apelación por parte del extrabajador, la empresa lo desvinculó “por necesidades de la empresa”. 
La sentencia del Segundo Juzgado de Letras de Talagante detalla los argumentos que constituyen lo injustificado del despido y destaca “la trayectoria de más de 20 años del ingeniero, sin inconvenientes lo que le permitió varios ascensos durante los años”.
La Corte Suprema tiene la última palabra para desechar o seguir adelante con la publicación de las disculpas en el diario mural de FAMAE y como dice la sentencia “reafirme el compromiso de la empresa con el respeto y promoción de los derechos fundamentales de sus trabajadores”.



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