A cinco días de las elecciones provinciales en San Juan y Tucumán, la Corte Suprema suspendió los comicios



La Corte Suprema de Justicia suspendió hoy las elecciones provinciales, previstas para el próximo domingo 14 de mayo en San Juan y Tucumán, al hacerle lugar a medidas cautelares que presentó la oposición provincial de ambos territorios para evitar la posibilidad de que fueran reelectos los candidatos Sergio Uñac y Juan Manzur. El requisito para avanzar en el análisis de la situación fue pedirle a esas provincias informes que deberán entregarse en los próximos cinco días, por lo cual, las elecciones no podrán realizarse hasta tanto el máximo tribunal dicte sentencia sobre el tema.En San Juan, la oposición cuestiona que el gobernador Sergio Uñac pretende ser reelecto tras cumplir dos períodos consecutivos y antes haber ocupado el cargo de vicegobernador de la provincia. Por su parte, en Tucumán el conflicto gira sobre la candidatura del ex jefe de Gabinete Juan Manzur, quien se postula como vicegobernador tras haber ejercido la gobernación de Tucumán durante dos períodos consecutivos. Las medidas expedidas desde el máximo tribunal, que ordenan que ambas provincias presenten un “informe circunstanciado” en el período de cinco días, fueron firmadas por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, en tanto que Ricardo Lorenzetti no suscribió ninguna de las dos decisiones.En San Juan, la agrupación Unidos por San Juan, que constituye una alianza del PRO y la UCR en esa provincia, presentó una acción ante la Corte Suprema para impugnar la candidatura de Uñac, ya que la nueva postulación, a su parecer, viola la Constitución de la provincia. Y sostiene que la habilitación del Tribunal Electoral de la Provincia de San Juan a una nueva candidatura del actual gobernador desconoce el límite a la posibilidad de la reelección establecido en el artículo 175 de la Constitución provincial, violando de esta manera la periodicidad en los cargos públicos.En rigor, lo que prevé el artículo 175 de la Constitución de la provincia de San Juan es: “El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.Uñac fue vicegobernador de la provincia de 2011 a 2015 y gobernador en los períodos 2015-2019 y 2019-2023. En este sentido, la interpretación de la oposición es que tuvo dos reelecciones y la presentación en la elección de este año sería por un cuarto mandato consecutivo.Esta interpretación es rechazada desde el gobierno de San Juan, ya que la oposición cuenta los mandatos de vicegobernador y gobernador de Uñac, cuando son categorías distintas. De esta manera, argumentan que el actual mandatorio tuvo una sola reelección como gobernador y esta sería la segunda, lo cual está habilitado por la Constitución. En tanto, en Tucumán, Germán Enrique Alfaro, en su carácter de consejero y presidente de la Mesa Ejecutiva del Partido por la Justicia Social, promovió una acción de amparo contra la Provincia de Tucumán para que se declare la inconstitucionalidad de la habilitación de Juan Manzur como candidato a vicegobernador para el período 2023-2027, donde explicaba que el ex jefe de Gabinete fue vicegobernador por los períodos 2007-2011 y 2011-2015, luego fue electo gobernador por los períodos 2015-2019 y 2019-2023.En las instancias dentro de la provincia de Tucuman, se rechazaron los recursos presentados por Alfaro y la Corte provincial habilitó a Manzur para postularse y el caso llego a la Corte Suprema.El fallo de San Juan, la Corte argumentó, en nueve páginas, que “solo la decisión final de este Tribunal sobre las cuestiones constitucionales planteadas permitirá evitar situaciones frustratorias de los diversos derechos en juego”, por lo cual “las elecciones previstas para el próximo 14 de mayo y la trascendencia institucional que reviste el planteo efectuado, exigen a este Tribunal adecuar el procedimiento a la vía prevista en la ley 16.986 y, en ejercicio de las facultades conferidas por su artículo 8°, abreviar los plazos para integrar el contradictorio”.En el fallo firmado por Rosatti, Rosenkratnz y Maqueda, se afirma que “se encuentra acreditado el peligro que causaría la demora en dictar la medida solicitada” porque “el Tribunal Electoral Provincial oficializó la candidatura del gobernador lo habilitó para competir en las elecciones que tendrán lugar el 14 de mayo próximo en búsqueda de un cuarto mandato”.“Es evidente entonces que ese acto electoral podría producir en breve un trastorno institucional de difícil reparación. Ante ello, esta Corte debe asegurar preventivamente que cualquiera sea la sentencia definitiva que recaiga en la causa, su cumplimiento sea aún posible dentro del sistema representativo republicano que las provincias se comprometieron a garantizar (artículo 5° de la Constitución Nacional)”, se sostuvo.El fallo añadió que la medida “excepcional” se da “en el entendimiento de que nuestro texto constitucional garantiza a las provincias el establecimiento de sus instituciones y la elección de sus autoridades sin intervención del gobierno federal en el artículo 122″, aunque al recibir la denuncia de que “han sido afectadas expresas disposiciones de la Constitución Nacional que hacen a la esencia de la forma republicana de gobierno que las provincias se obligan a respetar en el citado artículo 5°” y por ese motivo, “la intervención de esta Corte se torna imperiosa para que sean respetados los principios fundacionales del federalismo argentino”.En el caso de Tucumán, la Corte resolvió en cinco páginas que por razones “análogas” a la de la provincia de San Juan, se consideró que corresponde hacer lugar a la cautelar y se resolvió también suspender la convocatoria a elección de gobernador y vicegobernador del próximo 14 de mayo hasta tanto se dicte un pronunciamiento definitivo.



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