El Gobierno modificó una ley para designar al Procurador del Tesoro



El Gobierno oficializó este miércoles la designación de Rodolfo Barra como procurador del Tesoro tras modificar a través de un Decreto la ley que establecía un límite de edad para ocupar ese cargo. Mediante una Resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Nicolás Posse, el Ejecutivo nombró a Barra.Otro Decreto sirvió para modificar el artículo 2 de la Ley 18.777, que establecía que “el Procurador del Tesoro de la Nación deberá ser ciudadano argentino, no menor de treinta ni mayor de setenta años, abogado con el título habilitante expedido o revalidado por Universidad Argentina y contar por lo menos con ocho años de antigüedad en la profesión”.Entre los fundamentos del Decreto que habilita al letrado, se señala que “el artículo 16 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes de la Nación son iguales ante la ley y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”.En ese sentido, se recuerda que el artículo 18 de la Convención Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las personas Mayores, adoptada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) “dispone que la persona mayor tiene derecho al trabajo digno y decente y a la igualdad de oportunidades y de trato respecto de los otros trabajadores, sea cual fuere su edad”.”Que, asimismo, -continúa- agrega que los Estados Parte adoptarán medidas para impedir la discriminación laboral de la persona mayor, quedando prohibida cualquier distinción que no se base en las exigencias propias de la naturaleza del cargo”.Luego, el Decreto estableció en su artículo segundo que “el Procurador del Tesoro de la Nación deberá ser ciudadano argentino, abogado con título habilitante expedido o revalidado por Universidad Argentina y contar por lo menos con OCHO (8) años de antigüedad en la profesión”.El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez cuestionó en su perfil de X (ex Twitter) la medida.”El fundamento para ignorar al Congreso fue: tenemos una urgencia en la adopción de la medida”, dijo sobre el Decreto que modificó la norma. Y al hacer referencia a esta y otras resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, indicó: “En ningún caso se invocó una situación excepcional objetivamente verificable (como fue la pandemia), sino que se fundó la existencia de una urgencia subjetiva o espuria que depende de las necesidades políticas del gobierno de turno”.Foto: Captura.Barra es doctor en Ciencias Jurídicas e integró la Corte Suprema en la década del ’90. Renunció acusado de ser parte de la “mayoría automática” que en esos años benefició al ex presidente Carlos Menem. En 1994 asumió como ministro de Justicia, pero tuvo que dejar el cargo después de que se hiciera pública su antigua pertenencia a la Unión Nacionalista de Estudiantes Secundarios, una agrupación vinculada al nazismo.



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