AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo



La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 5 de febrero de 2024, inclusive, el plazo para la recategorización del Monotributo correspondiente al semestre julio/diciembre de 2024.A partir de lo establecido en el artículo 20° de la Resolución General 4.309, el ente recaudador informó que las obligaciones de pago resultantes de la citada recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2024.De la medida se desprende que hasta el 5 de febrero los contribuyentes del Régimen Simplificado deberán evaluar los parámetros que determinan su categoría como monotributistas e informar los cambios que se produzcan, en caso de que les corresponda una categoría distinta de la actual o, también, si quedan encuadrados en el régimen general.Por su parte, aquellos monotributistas que deban permanecer en la misma categoría o bien tengan menos de seis meses de actividad, quedan excluidos de la obligación de recategorizarse y no deberán realizar ninguna acción.Con todo, deberán recategorizarse los contribuyentes cuyos ingresos hayan sido superiores o inferiores a los de la categoría vigente. Para ello, deberán ingresar a monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.



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