Prepagas: liberaron copagos del Programa Médico Obligatorio y dan vía libre a las empresas de fijar montos



El Ministerio de Salud avanzó este lunes en la desregulación de las empresas de medicina prepaga y liberó los copagos del Programa Médico Obligatorio, a excepción de algunos tratamientos. Se ya no podrán guiarse según la tabla de aranceles del programa, sino que cada prepaga podrá fijar su propio monto. La resolución 1926/2024 del Ministerio de Salud, publicada este lunes en el Boletín Oficial, deja “sin efecto los aranceles vigentes en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales contempladas en el PMO y sus normas complementarias, que no se encontraren exentas conforme el marco normativo vigente; los que podrán ser fijados libremente por parte de las entidades”.Asimismo, dentro de la norma se establece que los valores de los coseguros a asociados deberán ser informados a los usuarios al momento de la afiliación, al igual que la variación de los valores, aunque este debe ser con una antelación de 30 días. “Deviene imperioso proceder a la eliminación de toda injerencia de la autoridad de aplicación en los valores de los coseguros tanto para los Agentes del Seguro de Salud como para las Entidades de Medicina Prepaga, permitiendo que aquellos sean fijados libremente, con el objetivo de garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando al mismo tiempo que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional”, se detalla en los considerandos de la medida.Prestaciones exentas de coseguro- Cánceres de cuello uterino y mama.
– Odontología preventiva.
– Salud sexual y reproductiva Ley Nº 25.673.
– Oncología.
– Discapacidad.
– Emergencias/Código Rojo.
– Prácticas de enfermería.
– Ley 1000 días: atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia.
– Ley Nacional de Respuesta Integral al VIH, hepatitis virales, otras Afecciones de Transmisión Sexual y Tuberculosis.
– Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas (Ley 26.928).
– Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células (Ley 27.447).
– Plan materno infantil (se dará cobertura durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento.
– Atención del recién nacido hasta cumplir un año de edad. Todo con cobertura al 100% tanto en internación como en ambulatorio y exceptuado del pago de todo tipo de coseguros para las atenciones y medicaciones específicas. 
 



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