Diputados aprueban reforma de paridad de género



La Cámara de Diputados aprobó este jueves con 445 votos a favor el dictamen con reformas a nueve artículos de la Constitución, para garantizar la paridad de género en los tres poderes, órganos autónomos, gobiernos de los estados y municipales.
El dictamen fue enviado a los Congresos estatales; se requiere que al menos 17 aprueben las reformas, para ser promulgadas.
“La reforma de #ParidadDeGenero plantea que la composición del Poder Judicial sea a través de concursos, pero en ellos se deberá de observar la paridad de género. Además, se reorientan los criterios de lenguaje constitucional y consagrar el principio de paridad”, detalló en su cuenta de Twitter la vicepresidenta de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Dolores Padierna.
“México se pone a la vanguardia al haber establecido en su Constitución el principio de paridad en gabinetes, en la integración de órganos jurisdiccionales, a nivel municipal y órganos autónomos”, expresó la legisladora Mariana Benítez.

¡¡Lo logramos!!
¡¡La paridad se aprobó en @Mx_Diputados!!
Esta tarde, el pleno de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó la reforma constitucional en materia de Paridad de Género.#ParidadEnTodo#ParidadConstitucional
|@BlancaPinaG @mtra_lupita| pic.twitter.com/CvmXvyUtgX
— Martha Lucía Mícher C. (@MaluMicher) May 23, 2019

El 14 de mayo pasado, en el Senado, el dictamen que reforma diversos artículos de la Constitución Política para garantizar que haya paridad de género también fue aprobado por unanimidad.
Estos son otros de los puntos aprobados:
— Establece la paridad en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas.
— Las legislaturas de las entidades federativas deberán realizar reformas en su legislación para garantizar los procedimientos de elección, designación y nombramiento de sus autoridades, bajo el principio de paridad.
— La paridad de género se aplicará para los partidos políticos, órganos autónomos y en cualquier entidad, órgano u organismo que ejerza funciones de autoridad en el ámbito de la Federación, las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
— La modificación constitucional incluye la paridad de género en la elección de representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena.
— Para la postulación de sus candidaturas, se obliga a los partidos políticos a observar este precepto constitucional en las candidaturas al Poder Legislativo Federal y a los demás cargos de elección popular.
Foto: Cuartoscuro
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