Ley de Comunicación Social incita a la censura: Artículo 19



La reforma a la Ley General de Comunicación Social, aprobada por mayoría de votos en la Cámara de Diputados, incita a la censura y a la falta de transparencia, así lo denunciaron las organizaciones Artículo 19 y Fundar.
De acuerdo con las instituciones, las modificaciones a la llamada Ley Chayote no cambian el “estado de cosas inconstitucional” que declaró la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2017 y 2021. “Por ello está en manos del Senado revertir la discrecionalidad en la asignación de la publicidad oficial como medio de censura sutil”.
A través de un comunicado, se señala que “la minuta que se en discusión en el Senado, no cumple con los más altos estándares en libertad de expresión, acceso a la información y no contiene elementos básicos para la regulación de la publicidad oficial”.

👀¿Sabías que el “plan B” de #ReformaElectoral aprobado incluye modificaciones a la #LeyChayote?
Los cambios no la mejoran: mantiene las condiciones de censura sutil y falta de transparencia.
Ahora el @senadomexicano tiene la posibilidad de revertirla.https://t.co/uexIrOeWMj
— ARTICLE 19 MX-CA (@article19mex) December 12, 2022

Lee: Amenazas, ataques cibernéticos y acoso en 2022, las intimidaciones contra Artículo 19 en México
Oposición a la reforma
Entre los señalamientos a la reforma destacan que “no considera a las y los concesionarios de uso social comunitario y a los de uso social indígena”.

Además, acusan que la iniciativa reemplaza “sujetos obligados” por “entes públicos” por lo que se corre el riesgo que personas físicas y morales de carácter privado que reciban estos recursos públicos, incluyendo prestadores de servicios como las casas productoras, influenciadores, agencias de publicidad, servicios digitales o similares, queden fuera del escrutinio público.
Por otro lado, explican que el artículo 3o. Bis menciona el tipo de información que pueden difundir los entes públicos, señalando lo referente a “la ejecución de obras de infraestructura, prestación de servicios públicos y desarrollo de programas económicos y sociales” (f. I), pero no indica que deben informar en términos del impacto que generan dichos programas u obras a la ciudadanía.
“Los criterios de asignación de la publicidad oficial siguen siendo amplios y ambiguos, ya que no se establecen los topes de asignación por medio de comunicación, lo que alerta la hiper-concentración del gasto de comunicación social en unos cuantos medios de comunicación (prácticamente 50% en 10 corporativos)”, se menciona en el comunicado.
Foto: Cuartoscuro
De igual forma, las organizaciones advierten que “la práctica nociva de adjudicación directa del gasto de comunicación social permanece (art 18 bis f.V) y se justifica arbitrariamente en la necesidad de emitir “mensajes extraordinarios”, sin definirlo con precisión y claridad en el resto de la normativa”.
Por último, se advierte que “mediante la reforma aprobada por la Cámara de Diputados es previsible que persistirán malas prácticas en la asignación y contratación de la publicidad oficial. También se prevé que no se revierta el uso condicionado del gasto de comunicación social como forma de manipulación sobre las líneas editoriales de periodistas y medios de comunicación”.
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