Medidas de probidad FF.AA. 2.0


Señor Director:
Estimo que las medidas de probidad para las FF.AA. informadas por el Ministerio de Defensa, carecen de una necesaria mirada sistémica y conjunta.
Respecto a lo anterior, la probidad no debe controlarse solo en la adquisición, porque esta acción es el resultado de un paso anterior, que es la evaluación de proyectos, donde se tiene que verificar la probidad en la correcta aplicación de la matriz de decisión, junto con los atributos que se medirán y sus ponderaciones, las cláusulas contractuales y lo más importante, considerar las medidas de transparencia definidas en el contrato para el sostenimiento del sistema de armas en los años en que operará, porque allí es el fuerte del desembolso presupuestario en compras, ya que el valor de la adquisición representa aproximadamente el 30% del total de costos durante el ciclo de vida del sistema, y el 70% restante, son costos asociados a mantenimiento, reparación, modernización, operación y dada de baja del sistema.
Además, llama la atención que se deje fuera de rendir cuentas trimestralmente al Jefe del Estado Mayor Conjunto, siendo que el organismo bajo su mando, también administra recursos para pasajes, fletes, viáticos y ejecuta las compras de proyectos correspondiente a sistemas de armas, equipos y contratación de servicios. Incluso, debería otorgársele al Estado Mayor Conjunto la autoridad para evaluar las compras de sistemas de armas de las instituciones, velando por la estandarización y la interoperabilidad del equipamiento de las FF.AA., medida que contribuye a la probidad al controlar el accionar o influencia de proveedores y exigir una justificación técnica más detallada de la compra.
Benjamín Riquelme Oyarzún



Source link

Related Posts

Add Comment